El secretario de Tránsito y Movilidad en conjunto con el secretario de Gobierno del Municipio, confirmaron que para este jueves 31 de octubre, Día de los Niños, no se permitirá a los motociclistas movilizarse por el Municipio con parrillero hombre mayor de 14 años.
“Desde la secretaría de Tránsito de Dosquebradas, les enviamos la invitación a los motociclistas de ser prudentes y acatar lo que manifiesta el decreto, porque de lo contrario, los agentes tienen la autoridad para inmovilizar la motocicleta, trasladarla a los patios y aplicar el respectivo comparendo”, explicó el secretario Yeison Palacio.
Por su parte, el secretario de Gobierno de Dosquebradas, Jhonny Alejandro Obando Cardona, aseguró que con los organismos de Policía ya se tiene coordinador el proceso de darle cumplimiento a esta medida.
“El decreto de Medidas de Orden Público que se expide hoy, nos permite aplicar las diferentes acciones legales a los motociclistas que transgredan las prohibiciones, por lo tanto, les solicitamos a las personas a atacar lo que se ordena en el mismo. Además, las autoridades de Policía estarán apoyando cada una de las acciones que se determinaron en este mismo documento y otras que son de carácter estratégico”, comentó el secretario de Tránsito de Dosquebradas.
A continuación, se da a conocer las medidas con las restricciones, y las excepciones que existen:
Artículo 3º. Prohibición de circulación de motocicletas, motociclos, mototriciclos y cuatrimotos. Adóptese la medida prohibitiva de la circulación de Motocicletas, Motociclos, Mototriciclos y Cuatrimotos con acompañante mayor de 14 años, masculino o femenino, en toda la jurisdicción del Municipio de Dosquebradas, entre las 19:00 horas (7:00 p. m.) del día 31 de octubre de 2024 y las cinco de la mañana (05: 00 a. m.) del día 1 de noviembre de 2024.
Parágrafo 1: Exceptúa de la medida a:
- a) A Los vehículos tipo motocicleta, Motociclos, Mototriciclos y Cuatrimotos pertenecientes a la Policía Nacional, el C.T.l. de la Fiscalía, el Ejército Nacional, cuerpos de socorro, y atención de emergencias, autoridades de tránsito y cuerpos de seguridad privada en ejercicio de sus funciones, cuyos ocupantes deberán portar las correspondientes identificaciones oficiales, así como los vehículos oficiales o autorizaciones de la Superintendencia de Vigilancia Privada.
- b) Aquellos vehículos del tipo mencionado que poseen placas oficiales.
- c) Motocicleta, Motociclos, Mototriciclos y Cuatrimotos, pertenecientes a las empresas de Servicios públicos Domiciliarios; las empresa de telecomunicaciones reconocidas y vigiladas por la Superintendencia de Industria y Comercio, a las empresas de televisión por suscripciones reconocidas y vigiladas por el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones; a las escuelas de enseñanza de conducción que se encuentren habilitadas por el Ministerio de Transporte y cuyos ocupantes deberá de portar las respectivas identificaciones oficiales y copia de la autorización vigente de la Superintendencia o el Ministerio respectivo.
Dato de interés
Los corredores viales que no tendrán restricción son los siguientes: Variante La Romelia – Intersección El Pollo.